Bases concurso Instagram - Lote de Reyes.
Bases Legales | Sorteo “Lote de reyes”
1. Objeto del Sorteo y empresa organizadora Comercial CBG, con CIF A17105933 y domicilio social en Polígono Industrial Mas d’en Bosch, 4. 17500. Ripoll. Ha organizado el presente Sorteo a través del perfil de Instagram de @comercialcbg (en adelante el “Organizador”). El objeto de las presentes Bases Legales es regular la participación, exclusiva vía Instagram de Comercial CBG, en el sorteo “Lote de reyes” que consta de una botella de lambrusco Fiorello, una botella de prosecco Maschio dei Cavalieri, un panettone de limoncello de Borsari, una crema de pistacho, una botella de aceite, unos cantucci sin gluten Nutrifree, unos grissini de Morato Pane, un paquete de pasta Liguori y un bote de salsa bolognesa Daune, con la mecánica y reglas que a continuación se detallan (en adelante el “Sorteo”).
2. Ámbito de aplicación 2.1 Ámbito temporal • El periodo de participación en el Sorteo se iniciará el día 9 de enero a las 13h (hora española peninsular) y finalizará el 15 de enero a las 23:59 (hora española peninsular). • Se comunicarán los ganadores el 16 de enero a las 16h a través de la cuenta de instagram de Comercial CBG en Instagram Stories •
2.2 Ámbito Territorial El ámbito territorial del Sorteo se ciñe al territorio español peninsular y en consecuencia sólo podrán obtener el premio los residentes en la península que cumplan la mecánica contemplada en el apartado 3. Régimen de Participación y las presentes Bases Legales.
3. Régimen de Participación 3.1 Participantes Podrán optar al premio únicamente mayores de 18 años residentes en España peninsular. Comercial CBG se reserva el derecho de eliminar libremente y sin previo aviso ni justificación a cualquier participante que no cumpla los requisitos previstos o en el caso de que haya irregularidades y/o incumplimiento de lo previsto en las presentes Bases Legales.
3.2 Mecánica de la participación Los participantes deberán seguir la siguiente mecánica para optar al premio:
● Seguir el perfil de instagram de @comercialcbg ● Realizar al menos un comentario en la publicación que anuncia el Sorteo etiquetando a un amigo/a. Los participantes pueden realizar tantos comentarios como deseen. seguidores de ambas cuentas. ● Dar like a la publicación
Finalizado el periodo de participación indicado en el apartado Ámbito Temporal, Comercial CBG realizará el Sorteo mediante la plataforma Easy Promos, que escogerá de manera aleatoria y transparente a 1 ganador. Una vez la plataforma los elija, se procederá a hacer las comprobaciones. En caso de que uno de los ganadores no cumpla con todos los requisitos, será directamente descartado y se elegirá un suplente, también elegido por la plataforma.
El ganador del sorteo (1) que cumpla con las presentes Bases Legales será contactado por Comercial CBG que, además, anunciará sus nombres y los publicará en su perfil de Instagram. En el caso de que Comercial CBG contacte con los ganadores y no reciba respuesta antes del día 18 de enero a las 16h (hora española peninsular) se entenderá la renuncia del premio y por consecuencia se perderá derecho a disfrute y se entenderá Sorteo desierto.
4. Premio Comercial CBG pone a disposición de los ganadores el premio: una botella de lambrusco Fiorello, una botella de prosecco Maschio dei Cavalieri, un panettone de limoncello de Borsari, una crema de pistacho, una botella de aceite, unos cantucci sin gluten Nutrifree, unos grissini de Morato Pane, un paquete de pasta Liguori y un bote de salsa bolognesa Daune. El premio tiene un valor estimado de 50 euros. El Premio no podrá ser canjeado de ninguna otra forma. El disfrute del Premio incluye los gastos de desplazamiento en España peninsular. Comercial CBG no se hace responsable de los daños que pudiesen darse durante el desplazamiento para el disfrute del Premio ni durante el disfrute del mismo de los ganadores y/o acompañantes. El Premio objeto del Sorteo no se encuentra sujeto a retención ni a ingreso de cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) de acuerdo con el artículo 75.3.f) del Real Decreto 439/2007, por el que se aprueba el Reglamento del IRPF, por ser su base de retención inferior a trescientos (300) euros.
5. Protección de Datos
De conformidad con la normativa vigente relativa a la protección de datos personales, Comercial CBG informa que los datos personales que el participante facilite con ocasión de su participación en el Sorteo, incluidos aquellos que pueda facilitar en caso de resultar ganador, serán tratados con la finalidad de gestionar el desarrollo de este y la comunicación y entrega
del Premio y comunicación en el Perfil de Instagram de Cliente, siendo Comercial CBG el responsable del tratamiento.
Comercial CBG conservará sus datos de carácter personal, durante la duración del Sorteo, y hasta un máximo de 3 meses.
La participación en el Sorteo no está sujeta a transferencias internacionales fuera del Espacio Económico Europeo ni a la cesión o puesta a disposición de los datos a terceros u otras empresas terceras y/o pertenecientes a Comercial CBG
El titular de los datos personales podrá en cualquier momento ejercitar los derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición, limitación del tratamiento y portabilidad de los datos que le conciernen, así como revocar el consentimiento prestado para el tratamiento de sus datos personales facilitados en el marco del Sorteo, enviando su solicitud por escrito dirigida a Ruth Anton enviando un correo electrónico a ranton@cbg.es en ambos casos con la referencia “Protección de Datos” y adjuntando una copia del DNI o documento acreditativo de identidad.
En caso de que Vd. desee ponerse en contacto con Comercial CBG para formular cualquier consulta o duda, envíenos un correo electrónico a ranton@cbg.es o una carta a la dirección facilitada con la referencia “DPO”. En el supuesto que en un plazo razonable no haya obtenido respuesta de este, podrá ejercer su derecho de reclamación a través de www.aepd.es ante la autoridad de control competente, siendo esta la Agencia Española de Protección de Datos.
6. Aspectos Legales
Los participantes, por el mero hecho de participar en el Sorteo, aceptan incondicional- e íntegramente las presentes Bases Legales, así como el criterio de Comercial CBG en relación con la resolución, interpretación y ejecución de estas. Las presentes Bases Legales se regirán por las leyes españolas.
Comercial CBG se reserva el derecho a modificar o cancelar los términos y condiciones de este Sorteo si concurren circunstancias excepcionales que puedan impedir su realización, situación que se pondría convenientemente en conocimiento de los participantes.
El Premio en ningún caso podrá ser objeto de cambio, alteración, cesión o compensación a petición de los ganadores/as y quedarán sujetos a las obligaciones fiscales, en su caso, legalmente establecidas y mencionadas anteriormente.
Comercial CBG quedará eximida de toda obligación o compensación con los participantes si por causa de fuerza mayor, imperativo legal o cualquier otra causa que pudiera acaecer fuera del control de Comercial CBG, tales y como las expuestas en el apartado 4. Premio, tuvieron lugar retrasos o cancelaciones, situación que se pondría convenientemente en conocimiento de los participantes. En definitiva, Comercial CBG no se hace responsable de los problemas o perjuicios que no le sean imputables.
Asimismo, el incumplimiento por parte de los ganadores/as de cualquier otra provisión establecida en las presentes Bases Legales supondrá la pérdida del Premio y su descalificación automática del Sorteo, quedando este desierto.
Los concursantes responderán personalmente por los daños y perjuicios que un incumplimiento de cualquier naturaleza de las presentes Bases Legales por su parte pueda ocasionar a Comercial CBG o a cualquier tercero.
Comercial CBG no se hace responsable de cualesquiera perjuicios que se puedan causar fruto del uso de la plataforma de Instagram para llevar a cabo el Sorteo, así mismo, los participantes por su mera participación aceptan sin reservas dicha exoneración de responsabilidad.
En caso de controversia, los participantes aceptan que se someta a los tribunales de Barcelona, renunciando expresamente al fuero que les concierne.
BASES NO DEPOSITADAS ANTE NOTARIO